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Presenta Ray una iniciativa sobre emergencias médicas

Pide modificar ley para hacerlas obligatorias en instituciones de salud

El diputado local del PAN por el distrito de Cuautitlán Izcalli, Raymundo Guzmán Corroviñas, presentó ante el pleno del Congreso, una iniciativa de decreto que reforma el párrafo vigésimo primero del Artículo 5º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, con el objeto de reconocer el derecho de las personas a la protección de la salud y a la atención médica en casos de emergencia, para hacerlo obligatorio.

La propuesta de modificación del párrafo vigésimo primero del artículo 5º de la Constitución estatal, quedaría de la siguiente manera:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. El Estado, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, garantizará los servicios de salud, en los términos dispuestos en la ley, los cuales deberán cumplir con los principios de disponibilidad, accesibilidad, transparencia, aceptabilidad, calidad, universalidad, equidad, eficiencia, eficacia, progresividad y perspectiva de género. Por ningún motivo, los establecimientos de salud, ya sean públicos o privados, ni los profesionales del sector salud, podrán negar la asistencia necesaria en casos de emergencia. Dicha negativa será sancionada por la ley. En el Estado de México se fomentará a sus habitantes el cuidado de su salud, procurando que las autoridades atiendan la nutrición adecuada, la promoción de la activación física y deportiva de las familias, la alimentación segura, así como los medios para obtenerla, con primordial atención en la calidad de la alimentación que consumen los niños y jóvenes; en esta tarea participarán las dependencias y organismos competentes de la administración pública del Gobierno del Estado de México, así como los correspondientes de los Municipios de la Entidad”, propone.

Lo que se busca, dijo, es acabar con los abusos de las instituciones de salud, en donde muchas veces, no atienden a los pacientes si es que no realizan un jugoso depósito económico.

En tribuna, el diputado local del PAN expuso un caso de una madre embarazada que fue atendida en un hospital y que tuvo complicaciones con su bebé que dio a luz; al buscar ser canalizada a otro hospital con mejores condiciones, no la querían atender si es que no hacía un depósito económico, a pesar de que la pequeñita necesitaba ser atendida con carácter de urgente.

Esta triste realidad, comentó el diputado, es la que viven miles de mexiquenses que no tienen en la ley, un apartado que garantice este derecho universal.

En su exposición de motivos, Raymundo Guzmán precisó que el derecho a la salud fue establecido primero por la Constitución de la Organización Mundial de la Salud de 1946, que estipula que “El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano…”

“La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, menciona a la salud como parte del derecho a un nivel de vida adecuado, en su artículo 25.

El derecho a la salud fue reconocido nuevamente como derecho humano en 1966, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 11.1, que describe el derecho a la salud como “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento”.

El derecho a la salud es pertinente para todos los Gobiernos, ya sea Federal, Local, o incluso, con participación municipal, y cada Estado Nación, ha ratificado al menos un tratado internacional de derechos humanos que reconoce el derecho a la salud.

En los últimos años, se ha prestado mucha atención al derecho a la salud y se ha elaborado una amplia definición de este derecho humano.

Sin embargo, nuestro orden jurídico Constitucional Local no ha armonizado, ni reconocido tan trascendental derecho humano, toda vez que el párrafo vigésimo primero vigente en nuestra Constitución Local, sólo menciona que en el Estado de México se fomentará a sus habitantes el cuidado de su salud, sin hacer el reconocimiento expreso que formula nuestra Constitución General de la República.

Los artículos 13 y 14 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, disponen que la prestación de servicios de salud a la persona estarán garantizados por los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, se realizarán en forma directa a través de los establecimientos de atención médica de los Servicios Estatales de Salud o de forma indirecta, a través de los establecimientos para la atención médica de otras entidades federativas o de otras instituciones del Sistema Nacional de Salud, es por ello menester, reconocer tan trascendental derecho en nuestra Constitución Política Estatal, como derecho elemental de los mexiquenses.

El Estado de México se ha caracterizado por ser punta de lanza en materia legislativa y la omisión de actualizar nuestro marco Constitucional Local al Federal, en una materia tan delicada y trascendental para sus habitantes como lo es el derecho a la salud, no puede seguir subsistiendo, cuando se pretende mejorar la calidad de vida de nuestros conciudadanos para hacer de ellos seres humanos plenos.

Por lo anteriormente expuesto, presentamos esta iniciativa con el objeto de reconocer el derecho de los mexiquenses a la protección de la salud, en el marco de derechos y obligaciones del Sistema Nacional de Salud, precisando el derecho de atención médica en casos de emergencia”, expuso.

 

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